Zelandia Bórquez pide recusación de magistrada por animadversión

Solicitó que María Carolina López se abstenga de conocer su caso.

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Redacción

- miércoles, julio 30 de 2025

San Luis Potosí, S.L.P., miércoles 30 de julio de 2025.— Zelandia Bórquez Estrada, aspirante al cargo de magistrada en el Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial del Estado, solicitó formalmente la recusación de la magistrada María Carolina López Rodríguez, quien actualmente conoce del juicio de nulidad electoral relacionado con su designación. La petición fue presentada el 29 de julio ante el Tribunal Electoral del Estado, bajo el expediente TESLP/AG/07/2025.

Bórquez Estrada, quien se desempeña como secretaria de estudio y cuenta en la ponencia de la magistrada Denisse Adriana Porras, busca revertir un posible proyecto de resolución que podría no favorecerle. En el escrito, señala la existencia de una presunta animadversión por parte de López Rodríguez, aunque no especifica las causas concretas de dicha postura.

La aspirante argumenta que existen elementos legales y fácticos que justifican su solicitud, por lo que pidió que la magistrada se abstenga de seguir conociendo del caso. El trámite fue turnado al magistrado Sergio Iván García Badillo, quien elaborará el proyecto de resolución que deberá ser votado por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado.

En paralelo, el Tribunal Electoral solicitó por segunda ocasión a la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) la entrega completa de los certificados de estudios de la licenciatura en Derecho tanto de Zelandia Bórquez como de otra aspirante, Luz Adriana Miranda Tello. La Universidad había enviado previamente una constancia parcial, sin incluir calificaciones ni promedio general, lo que incumple el requerimiento judicial.

Con base en los artículos 34, 35 y 39 de la Ley de Justicia Electoral del Estado, el órgano jurisdiccional otorgó un plazo de 24 horas a la UASLP para remitir la información completa, con el apercibimiento de una multa de 20 UMAs (equivalente a 2,262.80 pesos) en caso de incumplimiento.