San Luis Potosí, S.L.P., miércoles 21 de enero de 2026.- En sesión de pleno realizada este miércoles al mediodía, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por mayoría de siete votos contra dos, atraer el caso que involucra a defensoras y defensores del territorio de la comunidad indígena de San Marcos Carmona, en el municipio de Mexquitic de Carmona, San Luis Potosí, quienes han sido procesados penalmente por su defensa del territorio y del Río Calabacillas.
La relevancia del asunto radica en que las y los habitantes de esta comunidad han sido criminalizados a través de procedimientos penales considerados inusitados, pese a que su actuación se enmarca en la defensa de bienes comunes y de su territorio ancestral. Con esta determinación, la Corte sentó un precedente para que las personas juzgadoras incorporen enfoques diferenciados, de interculturalidad y criterios de mayor sensibilidad social en casos que involucren a comunidades indígenas.
Con siete votos a favor y dos en contra, el pleno aprobó la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción (SEFA), presentada por el ministro Hugo Aguilar Ortiz y la ministra Lenia Batres Guadarrama, respecto al juicio penal seguido contra personas defensoras de la comunidad indígena de San Marcos Carmona. La votación en contra fue emitida únicamente por las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González.
La solicitud corresponde al expediente 883/2025, relacionado con el juicio de amparo directo 116/2025 del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Noveno Circuito, y aborda el estándar que, desde una perspectiva de interculturalidad, deben observar las personas juzgadoras al resolver controversias penales que involucren a personas que se auto adscriben como integrantes de una comunidad indígena.
La SEFA surgió a partir del acompañamiento de la Clínica de Litigio Estratégico en Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), que asesora legalmente a la comunidad. Integrantes de la Clínica buscaron el año pasado una audiencia para exponer el caso, primero con la ministra Lenia Batres y posteriormente con el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, a quienes plantearon la necesidad de que la Corte atrajera el asunto.
De acuerdo con la Clínica, la atracción del caso representa un paso hacia una mayor equidad para las y los defensores, quienes ya habían sido absueltos tras un largo proceso judicial desarrollado entre 2023 y 2024. Sin embargo, en enero de 2025, la empresa Promotora y Proyectos Proaljo promovió un amparo con el objetivo de dejar sin efecto la sentencia absolutoria y restituir la condena penal.
Pese a diversas irregularidades, el procedimiento fue reactivado, señalándose incluso un presunto encubrimiento por parte del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, ya que no se notificó debidamente ni a la representante legal, ni a los comuneros directamente acusados, ni a la Clínica de Litigio, como lo establece el procedimiento judicial.
La acusación de la empresa se basa en la supuesta destrucción de una barda de aproximadamente 300 metros, valuada en nueve millones de pesos, ubicada en un predio que se encuentra en litigio. De acuerdo con la comunidad, dicho terreno fue objeto de despojo por parte de esta y otras inmobiliarias para la construcción de fraccionamientos.
La barda en cuestión impide el libre paso de los comuneros hacia la Sierra de San Miguelito, de donde obtienen medios esenciales para su subsistencia, como el pastoreo de ganado y la recolección de diversos productos. Con la atracción del caso, la Suprema Corte entrará ahora al estudio de fondo, mientras permanece pendiente la resolución de los amparos ambientales, así como el cumplimiento de las suspensiones definitivas que protegen tanto a la comunidad como al Río Calabacillas.