A pesar de que el Código Penal Federal en el Artículo 208 menciona que se aplicarán jornadas de trabajo comunitario al que llame públicamente a cometer un delito, únicamente dos entidades del estado de Chihuahua y una de Quintana Roo contemplan dentro de su normativa sanciones por realizarlas dentro de la música que exalta la narcocultura.
En los municipios de Chihuahua, según los artículos 208, 209 y 222 de los Reglamento de Diversiones y Espectáculos, los artistas que se presenten y realicen apología del delito serán penalizados con sanciones que van desde mil quinientos hasta cinco mil veces lo equivalente al salario mínimo.
Así, se solicita a los artistas una lista de las canciones que interpretarán y, una vez entregada la lista, se realiza un análisis de las letras para determinar si cumplen con los criterios establecidos, procediendo a otorgar el permiso. Se incluye entre los criterios que no incurran en violencia en contra de las mujeres.
Los artistas tienen que realizar un depósito anticipado y, después del evento, cubrir el resto de la multa, si aplica. En caso de no liquidar el adeudo, los artistas podrían enfrentar prohibiciones de presentarse en la ciudad o, incluso, arrestos en la comandancia municipal.
Finalmente, el municipio de Benito Juárez en Quintana Roo informó el pasado 22 de mayo que se prohíben conciertos de corridos tumbados u otros géneros musicales que se consideren hagan apología de la violencia, siendo que a un año de la prohibición no se han presentado artistas del género.
Por su parte, en San Luis Potosí no se han presentado iniciativas de dicha índole, siendo que el estado es uno de los lugares en donde existe una importante cantidad de presentaciones de cantantes que realizan dichas apologías del delito.