Reforma electoral de SLP, en vilo ante la SCJN

Por

Ernesto García

- sábado, agosto 8 de 2026

San Luis Potosí, S.L.P., sábado 08 de agosto de 2026.- La acción de inconstitucionalidad presentada por la organización Somos México contra la reforma electoral de San Luis Potosí representa el recurso cuyo impacto resulta más difícil de anticipar ante una eventual resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), consideró el consejero del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), Juan Manuel Ramírez.

El integrante del organismo electoral señaló que, a diferencia de las impugnaciones promovidas por Morena y por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal, el recurso impulsado por Somos México cuestiona modificaciones contenidas en el decreto 571, mediante el cual se reformaron distintos apartados de la legislación electoral local.

Ramírez aclaró que el CEEPAC todavía no recibe una notificación oficial sobre esta acción, por lo que no cuenta con el documento completo de los argumentos planteados. Sin embargo, explicó que, de acuerdo con la información conocida hasta ahora, uno de los principales señalamientos estaría relacionado con la falta de consultas que el Congreso del Estado debía realizar conforme a criterios previamente establecidos por la propia Suprema Corte.

El consejero explicó que la reforma aprobada por el Legislativo estatal contempla ajustes en diversos rubros, entre ellos los requisitos de control de confianza para quienes busquen una candidatura, la distribución del financiamiento público para actividades de promoción, capacitación y liderazgo político de mujeres y jóvenes, así como los tiempos para registrar convenios de coalición.

También incluye modificaciones relacionadas con la integración de sindicaturas en seis municipios, con el objetivo de armonizar la normativa estatal con cambios realizados en la legislación federal. Ante este escenario, indicó que será la Corte la instancia que determine si alguno de estos cambios debe quedar sin efecto.

Ramírez descartó que las impugnaciones representen, por ahora, un freno para la organización del proceso electoral 2026-2027, al señalar que estos mecanismos jurídicos generalmente se enfocan en artículos o disposiciones específicas y no necesariamente implican la anulación completa de una reforma.

Recordó que el antecedente más complejo para el organismo ocurrió en 2020, cuando la SCJN invalidó una legislación electoral completa y ordenó mantener vigente el marco normativo anterior, situación que obligó al CEEPAC a replantear lineamientos y procedimientos en un periodo reducido.