Propone diputada iniciativa para evitar que deudores alimentarios evadan responsabilidades

La propuesta busca modificar el Código Familiar del Estado.

Por

Redacción

- lunes, agosto 12 de 2024

En el cierre de la legislatura, la diputada Lidia Nallely Vargas Hernández presentó una iniciativa para asegurar que los deudores alimentarios no evadan la responsabilidad del pago de las obligaciones, con el fin de continuar protegiendo los derechos de los menores en el Estado de San Luis Potosí. La propuesta busca modificar el Código Familiar del Estado.

Vargas Hernández manifestó que algunos deudores alimentarios han utilizado tácticas fraudulentas para evitar el cumplimiento de sus obligaciones, como declararse en insolvencia de manera intencional o renunciar a sus empleos para evitar el descuento de pensiones. Además, se ha detectado que algunos patrones colaboran en estas evasiones al simular situaciones laborales, protegiendo así a los deudores.

La propuesta de modificación al Código Familiar incluye varias medidas específicas para combatir estas prácticas. Entre las principales disposiciones se destacan:

  1. Aviso al Juez: Cuando un deudor alimentario termine su relación laboral, deberá notificar inmediatamente al juez sobre la conclusión de su empleo y proporcionar información sobre su nueva fuente de ingresos. Si un patrón ha implementado descuentos a la pensión, también estará obligado a informar a las autoridades correspondientes si el deudor cambia de empleo.
  2. Obligación de Información: En caso de que un deudor deje de recibir ingresos sujetos a descuento por pensión, deberá informar a la autoridad competente sobre su nueva fuente de ingresos y cualquier información relevante para garantizar el cumplimiento de su obligación alimentaria. La falta de cumplimiento de esta obligación podrá resultar en la aplicación de medidas coercitivas por parte del juez.
  3. Responsabilidad de los Patrones: Los patrones, gerentes generales o representantes legales estarán obligados a informar al acreedor alimentario y al juez sobre las causas de la terminación de la relación laboral del deudor en un plazo de cinco días hábiles. La omisión de este aviso implicará la responsabilidad solidaria por el pago de las pensiones que se dejen de proporcionar.