San Luis Potosí, S.L.P., jueves 13 de noviembre de 2025.– El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) resolvió, por mayoría de votos, confirmar el acuerdo del Poder Judicial que determinó la adscripción del juez electo de oralidad penal, Mario Daniel Torres Umara, a un distrito distinto de aquel en el que fue votado, al considerar que la facultad para asignar corresponde al órgano de administración judicial.
Torres Umara promovió el juicio ciudadano 116/2025, al argumentar que su traslado vulnera el principio democrático y la voluntad popular, pues fue electo por la ciudadanía de un distrito específico para ejercer allí su cargo. Sin embargo, el proyecto aprobado por el Pleno sostuvo que la ley otorga al Poder Judicial la potestad de definir adscripciones conforme a sus necesidades operativas.
La resolución fue aprobada por mayoría, con el voto a favor del magistrado Sergio Iván García Badillo, mientras que las magistradas Denisse Adriana Porras Guerrero y María Carolina López Rodríguez votaron en contra. Ambas coincidieron en que la medida contradice el sentido del voto ciudadano y podría sentar un precedente que desvirtúe la figura de elección popular de jueces.
Durante la discusión, las magistradas señalaron que la adscripción de un juez electo fuera del distrito donde obtuvo el respaldo de los votantes “rompe el vínculo de representación democrática” que justifica este modelo de designación, y advirtieron la necesidad de garantizar que los jueces electos ejerzan en el ámbito territorial donde fueron elegidos.
Con esta resolución, el Tribunal Electoral declaró infundados los agravios del promovente y confirmó el acuerdo impugnado, dejando firme la adscripción dispuesta por el Consejo de la Judicatura.