CIUDAD DE MÉXICO, 25 de octubre de 2022.- La Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo sentencia favorable en la que se declaró procedente el ejercicio de la acción de extinción de dominio a favor del Gobierno Federal sobre cinco inmuebles ubicados en Zapopan, Jalisco, que pertenecían a Rafael Caro Quintero, detenido en julio pasado.
El 25 de octubre de 2019, se presentó ante la Dirección General de Procedimientos Internacionales una petición del Director de la División Penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, a través del cual solicitó asistencia jurídica internacional para el decomiso de inmuebles que se encuentran en Zapopan, Jalisco, respecto de los cuales se demandó la extinción de dominio en la Corte de Distrito Este de Nueva York, toda vez que fueron adquiridos con recursos procedentes de la venta de narcóticos.
Dicha solicitud consistía en que se diera publicidad a la demanda de extinción de dominio; se realizara notificación a los demandados; se tomaran las medidas necesarias para preservar los bienes asegurados y en su momento, en términos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ejercitara la acción de extinción de dominio respecto de cinco inmuebles.
Al advertirse que se reunían los elementos constitucionales y reglamentarios para ejercer la acción de extinción de dominio, se dio vista a la UEMED. En ese contexto, agotado el procedimiento jurisdiccional en todas sus etapas, la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México, dictó sentencia favorable mediante juicio oral, declarando judicialmente la extinción de dominio de los cinco bienes inmuebles, propiedad de Rafael Caro Quintero, a favor del Estado, afectando así las finanzas de la delincuencia organizada.