San Luis Potosí, S.L.P., Viernes 09 de octubre de 2026.- El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) revocó los acuerdos del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) que permitieron la inscripción local del partido político nacional Somos y la asignación de financiamiento público estatal, al detectar omisiones en la revisión de los requisitos legales y falta de sustento jurídico para otorgarle recursos.
Durante la sesión pública de este viernes 9 de octubre, el Pleno resolvió por unanimidad el recurso de revisión promovido por Morena contra los acuerdos CG-2026-AGO-33 y CG-2026-AGO-34. La sentencia determinó que el organismo electoral deberá reponer el procedimiento de inscripción y emitir un nuevo dictamen conforme a la Ley Electoral del Estado.
Entre las irregularidades identificadas, el Tribunal señaló que el CEEPAC evaluó el cumplimiento de un requisito que no está contemplado en la legislación, mientras omitió revisar uno que sí establece la norma: el domicilio oficial del comité directivo estatal. Además, permitió que el partido cumpliera posteriormente con una exigencia, pese a que la ley no prevé esa posibilidad.
Las magistraturas concluyeron que estas omisiones afectaron la legalidad del procedimiento mediante el cual se autorizó la inscripción de Somos en San Luis Potosí. Por ello, ordenaron al CEEPAC realizar nuevamente el análisis y emitir una resolución que se ajuste a las disposiciones aplicables.
El Tribunal también revocó el acuerdo mediante el cual se asignó financiamiento público a Somos, al considerar que la autoridad electoral confundió las reglas para otorgar recursos a partidos políticos locales con las que corresponden a partidos nacionales que solicitan su inscripción ante el organismo estatal. En consecuencia, determinó que la asignación carecía de un fundamento jurídico correcto.
La resolución también identificó una omisión en la legislación estatal respecto al financiamiento público para partidos políticos nacionales de reciente inscripción. Por esta razón, el TEESLP vinculó al Congreso del Estado para que legisle sobre el tema y atienda el vacío normativo detectado.
En un segundo recurso, promovido por el presidente estatal de Somos, Francisco Javier Nava Palacios, y otros integrantes del partido, el Tribunal determinó sobreseer la impugnación contra la distribución y calendarización de los recursos. La resolución se sustentó en que, tras revocarse los acuerdos de inscripción y financiamiento, el asunto quedó sin materia.
Con esta determinación, el CEEPAC deberá reponer el procedimiento de inscripción de Somos y emitir un nuevo dictamen, mientras que el Congreso local tendrá que atender la omisión normativa señalada por el Tribunal. La sentencia deja sin efectos los acuerdos impugnados en los términos establecidos por el órgano jurisdiccional.