Presenta SOMOS MÉXICO Acción de Inconstitucionalidad contra Reforma electoral

No se trata de castigar a nadie, sino de que el máximo tribunal resuelva: Torres Cuevas

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Ernesto García

- miércoles, julio 29 de 2026

San Luis Potosí, S.L.P., miércoles 29 de julio de 2026.– La activista y defensora de derechos humanos Catalina Torres Cuevas acusó a la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de San Luis Potosí de renunciar a su función como organismo garante de los derechos fundamentales, luego de negarse a promover una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma electoral aprobada recientemente por el Congreso del Estado.

Ante esa decisión, explicó, el recurso fue retomado por la dirigencia nacional del partido político de reciente creación SOMOS MÉXICO, que finalmente presentó la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que sea el máximo tribunal del país quien determine la constitucionalidad de las modificaciones aprobadas por el Poder Legislativo.

Torres Cuevas relató que, después de que la presidenta de la CEDH rechazó impulsar el recurso, estableció contacto con Xavier Nava, enlace de SOMOS MÉXICO en San Luis Potosí, quien consultó el tema con Guadalupe Acosta Naranjo, presidente del Consejo Nacional del partido, y con Cecilia Guadalupe Soto González, secretaria general del mismo órgano y representante legal del instituto político.

Explicó que ambos dirigentes aceptaron promover la acción de inconstitucionalidad utilizando como base el proyecto elaborado originalmente por los colectivos ciudadanos para que fuera presentado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, documento al que únicamente se realizaron las adecuaciones jurídicas necesarias para su presentación formal.

De acuerdo con el escrito ingresado ante la Suprema Corte, la acción de inconstitucionalidad fue promovida por la dirigencia nacional de SOMOS MÉXICO, representada por Guadalupe Acosta Naranjo y Cecilia Guadalupe Soto González, quienes solicitaron al máximo tribunal revisar la validez constitucional de diversos aspectos de la reforma electoral aprobada por el Congreso potosino.

La defensora explicó que una acción de inconstitucionalidad no tiene como propósito sancionar a los diputados que aprobaron una ley, sino solicitar que la Suprema Corte determine si el procedimiento legislativo y el contenido de las reformas respetan la Constitución. “Lo que hace uno con una acción de inconstitucionalidad es preguntarle a la Corte si algo está bien o está mal. No se trata de castigar a nadie, sino de que el máximo tribunal resuelva”, sostuvo.

Añadió que la impugnación contra la reforma electoral se sustenta en dos argumentos principales. El primero, que el Congreso del Estado habría incumplido una sentencia judicial que lo obligaba a realizar consultas previas antes de modificar la legislación. El segundo, que, pese a esa resolución, los legisladores aprobaron nuevamente cambios a la norma sin efectuar dichos procesos de consulta, lo que, afirmó, constituye un desacato judicial y una nueva vulneración a los derechos de las personas que debían ser consultadas.