San Luis Potosí, S.L.P., jueves 31 de julio de 2025.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí resolvió por unanimidad declarar improcedente la recusación presentada por la ciudadana Zelandia Bórquez Estrada en contra de la magistrada María Carolina López Rodríguez, por lo que ésta podrá continuar conociendo el juicio de nulidad electoral TEESLP/JNE/07/2025.
Durante la sesión pública celebrada este miércoles 31 de julio, el Tribunal precisó que, ante la excusa aceptada de la magistrada presidenta Dennise Adriana Porras Guerrero y la recusación en análisis, la integración del Pleno se completó con los secretarios de estudio y cuenta de mayor antigüedad: Gabriela López Domínguez y Enrique Da Vinci Álvarez Jiménez, quienes fungieron como magistrados en funciones conforme al reglamento interno.
La resolución del asunto general TEESLP/AG/07/2025 estuvo a cargo de la ponencia del magistrado Sergio Iván García Badillo. En el proyecto se estableció que los argumentos presentados por la promovente respecto a una supuesta enemistad manifiesta y falta de imparcialidad de la magistrada López Rodríguez no fueron respaldados con pruebas suficientes y no pudieron ser acreditados por la actora por lo que fueron desechados por el pleno del tribunal electoral, asimismo se mencionó la presentación de una denuncia penal por parte de la actora.
El Tribunal sostuvo que la simple presentación de una denuncia penal contra la juzgadora, también mencionada por la parte promovente, no constituye en sí misma una causal válida de recusación, dado que se trata del ejercicio de un derecho y no prueba por sí sola la existencia de animadversión.
Con base en estos elementos, se determinó que no se acreditaron las condiciones para separar a la magistrada del conocimiento del juicio de nulidad, por lo que se confirmó su participación en el expediente TSLP/JNE/07/2025.