Este jueves se aprobó en el Congreso del Estado de San Luis Potosí la iniciativa propuesta por el Lic. José Mario de la Garza Marroquín, con la cual se establece qué toda aquella persona registrada como candidato independiente o de algún partido político no deberá tener antecedentes por delitos relacionados a la violencia en sus distintas formas, esto de acuerdo con la gaceta parlamentaria de la sesión ordinaria referida.
Al respecto, se establece qué no deberá de contar con delitos de violencia tales como familiar y/o doméstica, o por agresión de género, así sea en el ámbito privado o público, tampoco violencia política contra las mujeres por razón de género, ni contar con antecedentes de denuncia, investigación y/o procesamiento o haber sido condenado por crímenes sexuales.
Estos vienen en consideración, como resolución firme por crímenes contra la libertad sexual, o la intimidad corporal; también se agrega qué no podría ser deudor alimentario declarado Judicialmente moroso o en caso de serlo, demostrar que ha cumplido en sus totalidad los adeudos alimenticios, por lo que con esto se estarían reformando los artículos 92 en su fracción V y 277 en su fracción VI; y se adiciona al artículo 199 la fracción III por lo que actuales fracciones, III y IV pasarán a ser fracciones IV y V, de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí.