El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) revocó el acuerdo que otorgaba el registro local al Partido de la Revolución Democrática (PRD), al considerar que hubo una interpretación indebida de las disposiciones legales.
El proyecto de resolución presentado en el pleno del tribunal determinó que el criterio utilizado por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) para otorgar el registro al PRD contravino las normas establecidas en la legislación electoral.
Según el proyecto, el partido del Sol Azteca no cumplió con los requisitos mínimos para obtener el registro, entre ellos la postulación de candidatos en al menos 29 municipios y en un mínimo de cinco distritos locales, lo que derivó en la revocación del acuerdo.
Por unanimidad, los magistrados aprobaron revocar el acuerdo CG/2024/NOV/352 emitido por el CEEPAC, dejando sin efecto el registro local del PRD.