El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas al artículo 16 de la Constitución local y a la Ley de Salud del Estado, garantizando el acceso seguro y gratuito a la interrupción voluntaria del embarazo hasta las primeras 12 semanas de gestación.
Estas disposiciones responden a la sentencia de amparo 775/2024, emitida por el Juzgado Tercero de Distrito, que ordenó la adecuación legal para garantizar los derechos reproductivos en la entidad.
El artículo 16 de la Constitución Estatal, que previamente establecía la protección de la vida desde la concepción, ahora reconoce que “toda persona tiene derecho a decidir sobre su gestación de manera libre, informada, autónoma y responsable”.
Por su parte, la Ley de Salud del Estado fue modificada para garantizar que el Sistema Público de Salud proporcione servicios gratuitos y de calidad para la interrupción del embarazo, en cumplimiento con la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, cuando sea solicitado por mujeres o personas gestantes.
Activistas feministas celebraron la aprobación de estas reformas legales como un avance en el reconocimiento de los derechos reproductivos.
Asimismo, hicieron un llamado al poder ejecutivo del estado para que mantenga el principio de Estado laico, frente a las presiones de grupos religiosos que han solicitado vetar la despenalización del aborto.